lunes, 4 de enero de 2010

Matrículas en universidades chilenas

Desde mañana rige derecho a retractarse de matrículas en universidades

Se podrá ejercer hasta el próximo 14 de enero, sólo exhibiendo el comprobante de la segunda matrícula en una institución de educación superior, recordó el Sernac.


SANTIAGO.- Desde mañana y hasta el próximo 14 de enero, los estudiantes de primer año que se matricularon en una institución de educación superior podrán ejercer el derecho a retractarse del contrato que suscribieron.
El Sernac explicó que durante los diez días posteriores a la publicación de los resultados de las postulaciones a las universidades tradicionales, los estudiantes o sus apoderados pueden desistir de dicho contrato sin explicar las razones, sólo presentando el comprobante de la segunda matrícula.

Esto implica que la entidad debe devolver lo pagado por la matrícula y la documentación que respalda el pago del año. Sólo podrá retener parte de la matrícula por concepto de costos de administración en la medida de que lo haya informado previamente al estudiante y efectivamente haya incurrido en ese gasto.

En este último caso, la entidad podrá quedarse con hasta el 1% del arancel anual de la carrera. Por ejemplo, si una carrera tiene un arancel anual de $1.500.000, el establecimiento podrá retener de la matrícula pagada hasta $15.000.
El Sernac remarcó que las instituciones de educación superior deben devolver lo pagado y los documentos mencionados en un plazo de diez días desde que se ejerció el retracto por parte del estudiante, por lo que no corresponde que, por ejemplo, se les diga que el dinero se les devolverá en marzo.

El retracto se aplica a todas las instituciones de educación superior -universidades, institutos profesionales y centros de formación técnica-, independiente de en cual de éstas se haya producido la primera o segunda matrícula.

De acuerdo a los datos del Sernac, los principales reclamos de los alumnos por este tema son la demora en la devolución del dinero de la matrícula y que algunas instituciones rechazan ejercicio este derecho con distintos argumentos, como "reglamento interno de la universidad" o "la comisión no lo aprobó".

Ante este tipo de situaciones, el Sernac remarca que el derecho a retracto es irrenunciable y que las reglas del juego las pone la ley y no lo que digan las instituciones.

Paso a paso para ejercer el retracto

Se debe presentar el comprobante de la segunda matrícula ante la institución con la que efectuó la primera matrícula, acompañado idealmente de una carta en que se manifieste que se quiere ejercer el derecho a retracto, donde quede bien clara la fecha. En el sitio web del Sernac se puede obtener una carta tipo para imprimir.

Solicitarle a la institución que timbre o firme una copia de la carta, de manera que quede prueba de la fecha en la que se hizo efectivo el retracto, por si surgen problemas posteriores.

Si al transcurrir diez días de este trámite no se ha recibido la devolución del dinero o la confirmación de la disolución del contrato, se debe insistir. Si la respuesta por parte de la institución es negativa, corresponde presentar un reclamo en el Sernac.

fuente: emol

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